La reconversión es posible si todos buscamos un cambio en favor del monte nativo.
Programa Leña Renovable
¿Qué es el Plan Leña y en qué consiste?
El
Programa de Recursos Dendroenergéticos
Renovables o más conocido en nuestra provincia, como Plan Leña”, es una herramienta puesta en función por el gobierno en
octubre del año 2.010 como respuesta a la incipiente presión ejercida sobre la
masa boscosa nativa de Misiones. En este sentido, existen regímenes nacionales
y provinciales que establecen la imposibilidad de continuar extrayendo maderas
de bosques nativos sin permiso de cambio de uso de suelo (permisos de rosado),
actividad que hasta entonces se venía realizando sin restricciones y en forma
indiscriminada en muchas ocasiones.
Esta
medida restrictiva, que era necesaria indudablemente, limito a diversos
sectores productivos de Misiones al apeo de maderas para los usos frecuentes y
variados, entre muchos fines, se encontraba la de obtención de leña para ser
utilizadas en la elaboración de productos principales de la economía regional,
específicamente nos referimos a la Yerba Mate y el Té, en mayor medida, aunque
también involucra a otros como almidoneros, ladrilleros, esencieros, carboneros,
leñateros por mencionar solo algunos. Estos productos dependen de la
utilización de un recurso que provea energía calórica para el proceso de
secansa o de obtención de un subproducto, por ello se venía utilizando leña de
los bosques nativos.
Ahora
bien, ¿si se prohíbe la explotación de árboles nativos, como se reemplaza este
esencial insumo de la cadena productiva? ¿Con qué?
Es
ahí, donde se inician las gestiones y la elaboración, en la Cámara de Diputados,
de la herramienta legal que acompañe el proceso de reconversión de la
utilización de leña de madera nativa a una/s especie/s implantada/s de rápido
crecimiento y que brindara buena calidad de energía calórica, de buena
adaptación a nuestras tierras y clima, que haya proveedores de estas plantas en
cantidad y calidad genética a discreción (viveros). La Ley XVI N° 106 fue
presentada ante la Cámara de Diputados Provincia de Misiones por la Dip.
Hendrie, Mirta Lía y acompaño el Dip. Rovira, Carlos E.
Como
existían antecedentes comprobados en la utilización del Eucalipto (Eucalyptus
Sp.) en varios usos ya entre los productores forestales, además de
investigaciones desarrolladas por entes como el INTA, la Facultad de Ciencias
Forestales y otros, se fue descartando especies menos ventajosas para este
proyecto, estableciendo como especie para promocionar y recomendar la del
Eucalipto en la sustitución de maderas nativas.
Link para conocer los alcances de la Ley XVI
106:
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Link para conocer el Decreto Reglamentario de
la Ley XVI – N° 106 que instituye el marco regulatorio de los recursos Dendroenergeticos
Renovables en el ámbito de la Provincia de Misiones-.
Click Aquí
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Enlace para acceder y descargar: Proyecto – Dictamen – Sanción – Texto
Vigente
Click Aquí
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Dicha
Ley en síntesis establece los conceptos necesarios para implementar en el
territorio provincial, un programa que acompañe a los productores en el
establecimiento de plantaciones para la obtención de leña, debiendo para ello
fomentar con la provisión de Plantines e insumos en forma gratuita a fin de
lograr los objetivos establecidos, delegándose esta función a la Subsecretaria
de Desarrollo Forestal dependiente del Ministerio del Agro y la Producción para
poner en acción el “Plan Leña”.
Desde
entonces, en forma ininterrumpida, se ha venido trabajando desde este organismo
a fin de concretar la sustitución total de utilización de leña de montes
nativos por montes implantados cumplimentando así dicha Ley. Aunque la Ley
establece como fecha límite para reconversión en todos los caso de nativas por
implantadas el 01 de enero de 2015, el contexto general y la realidad
socio-cultural-productivo obligo a extender plazos en algunas temáticas que
incluye la legislación.
Implementación
Inicios: entre las primeras actividades, se
debió realizar una promoción a todos los municipios para poner al corriente de
la actividad; detectar referentes, sean estos de los municipios, de entidades y/o
cooperativas, como también INTA y Desarrollo de Agricultura Familiar. Estas
personas delegadas, se encargan de realizar las inscripciones correspondientes
a los productores, como así también recolectar la documentación requerida.
Una
vez reunida todas las inscripciones se procede a realizar las solicitudes de
los plantines a los Viveros existentes a nivel provincial, de acuerdo a la
demanda obtenida, en los principios se preveía la entrega de plantines para 5
ha. por productor. Además de insumos
(hormiguicida y fendona) para el establecimiento inicial de la plantación.
Entre
los meses de septiembre a noviembre se realizan la entrega de los plantines,
para ello se confecciona un itinerario, la logística recae en el personal de la
Subsecretaria de Desarrollo Forestal, distribuyéndose a cada municipio o
entidad en compañía del referente a cada productor, pudiendo ser directamente
en la chacra o en reuniones programadas para dicho fin, allí el beneficiario
recibe y firma el acta correspondiente.
Continuidad: hasta la actualidad, es ese mismo
sistema implementado en aquel inicio por el año 2.010 cuando se pone en
práctica el Programa, el que viene utilizando la Subsecretaria de Desarrollo
Forestal para las entregas anuales de plantines. Los referentes territoriales,
realizan la inscripción de los solicitantes y envían al ente ejecutor. Existen personas
designadas en prácticamente todos los municipios de nuestra provincia.
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Una de las estrategias de entrega de plantines,
convocar a reuniones en puntos cercanos a los beneficiarios
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Otra estrategia de entrega, distribución directa en
las chacras
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Transportes distintos, el objetivo es llevar los
plantines a la chacra
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El transporte de los plantines puede variar según la
zona y los medios disponibles
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Según datos publicados en medios provinciales, hasta la campaña 2018 han sido distribuidos plantines para más de 16.000 productores, lo que comprendería unas 15.000 has. (2010 a 2018).
En el año 2016 se extendió la posibilidad de solicitar además de Eucalipto, el Pino. Esto se debe a la potencial demanda que genera la industrialización de Yerba Mate y Te, cuyos secaderos reconvirtieron el procesa de secansa con sistemas que utilizan el chips o viruta. Es por ello que se lo incorpora a fin de establecer plantaciones con ese destino.
Sugerencias:
Como
cierre de esta nota, queremos brindar la información para que todo aquel lector
que esté interesado en sumarse al “Plan Leña Renovable 2020” pueda realizar las
consultas necesarias a través de los medios que dispone @consulting https://www.facebook.com/consultingasociadosar - http://info@consulting.net- aarrobaconsulting@gmail.com
Los
meses del año en que se realizan las inscripciones, datos de los referentes en
cada municipio o entidades participantes, requisitos y documentación requeridos
por el programa, como así toda consulta que surja en cuestión a esta actividad.
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Charla y recomendaciones técnicas al momento de la
entrega de plantines
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Dato aclaratorio: La Ley XVI N° 106 no
solamente comprende el Programa Leña Renovable, según lo establece el Art. 7
también comprende la creación de “PROGRAMA ENERGÉTICO FORESTAL”, el
“PROGRAMA LEÑATERO/CARBONERO” y el “PROGRAMA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS
AGRO INDUSTRIAS” – este articulo tiene como objetivo compartir información solamente
del primero.
Alejandro
Pedersen
Técnico
Agrónomo
07/10/2019






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